Aplicación Del IVU A Cargos Bancarios Entre Comerciantes Registrados

Estimado cliente: 

Con el propósito de informar a nuestros clientes el 13 de septiembre de 2013, Hacienda emitió una Determinación Administrativa Núm. 13-16 con el propósito de establecer el alcance de la aplicación del IVU a cargos bancarios entre comerciantes.

Determina que:

Se determina que los cargos bancarios sujetos a IVU, son aquellos cargos relacionados al MANEJO DE CUENTAS COMERCIALES, cargos por transacciones específicas y cargos para cubrir costos por exceder limites preestablecidos.

 

Cargo fijo por ciclo o mantenimiento mensual de la cuenta Copia de cheque pagado
Cheques depositados durante ciclo Copia de estado de cuenta
Cheques pagados durante el ciclo Cargo por embargo
Hojas de depósito durante ciclo Reemplazo de tarjeta de debito
Avisos de débito durante ciclo Tarjeta de débito adicional
Avisos de crédito durante ciclo Transacciones con tarjeta de débito efectuada en un cajero perteneciente a otro banco (“not on us”)
Transacciones ACH recibidas Cargos de financiamiento por sobregiro
Cheques depositados devuelto Cargos cobrados por la emisión de un cheque oficial o giro bancario
Suspensión pago de cheque Mantenimiento mensual de la sección de inversión
Renovación pago de cheque  
Cargo mensual si el cliente no realiza transacciones en un periodo determinado  
Cheque pagado contra fondos insuficientes  
Cheque devuelto contra fondos insuficientes  
Cheque pagado contra fondos no disponibles  
Cheque devuelto contra fondos no disponibles  
Transacciones (ACH), pagada contra fondo insuficientes  
Transacciones (ACH), devuelta contra fondo insuficientes  
Transacciones (ACH), pagada contra fondo no disponibles.  
Transacciones (ACH), devuelta contra fondo no disponibles.  
Cargo diario por mantenimiento de sobregiro  
Retiros en cajeros automáticos de sobregiro  
Estado de cuenta electrónico  
Envió de estado de cuenta en papel  
Cheques provisionales  
Cargos por compras de cheques  

La fuente de pago de IVU municipal, sobre cargos bancarios, la institución financiera determinara a que municipio corresponde el pago del uno por ciento (1%) atribuible al IVU municipal, utilizando como criterio donde la cuenta  esta registrada; esto es, se entenderá  que el servicio por concepto de cargos bancarios pro el manejo de la cuenta comercial se brinda en la sucursal donde la cuenta esta registrada. 

De tener alguna duda se puede comunicar a nuestras oficinas al 787-653-5373 ext. 260 con Charityn Vázquez o Carmen L. Quiñones.

Agradecemos su pronta atención a este asunto; estamos para servirle.